jueves, 29 de noviembre de 2012

Tratamiento a los judíos en los Concilios de Toledo



Representación de un Concilio de Toledo

Los judíos en España
            Aún cuando ciertos acontecimientos, envueltos en la leyenda, remontan la presencia judía en la Península Ibérica al s. X a.C. unidos al comercio fenicio con la mítica Tartessos, parece comprobado que la instalación de judíos en la Península (Sefarad) se produce con la presencia romana. Esta presencia se atestigua a través de las distintas lápidas de Tortosa, Adra, o la lápida funeraria de Iustinus de Mérida.


Lápida funeraria de Iustinus. Museo Arqueológico de Mérida

      Tras la dispersión originada bajo el reinado del emperador Adriano (76-138) a consecuencia de la rebelión acaudillada por Barkokebas, y la destrucción de Jerusalén por las tropas romanas el número de familias hebreas que se instala en la Península es considerable.
       Los primeros asentamientos judíos se establecen en la costa mediterránea –Ampurias, Mataró, Tarragona, Málaga- para desde allí distribuirse por el resto de Hispania.
           Parece ser que bajo la dominación romana, los judíos, no tenían mayores problemas en mantener sus creencias religiosas y realizar con normalidad sus actividades. No obstante, Tácito (55-120) apunta en sus Historias que desde antiguo había una cierta animadversión hacia el pueblo judío. Suetonio (s. I) afirma que en Roma estaban obligados a pagar un tributo especial.
     Las limitaciones a los judíos por parte de la administración romana aparecen con el Codex Theodosianus (438) que prohíbe los matrimonios mixtos, la compra de esclavos cristianos, o el desempeño de cargos públicos con jurisdicción sobre cristianos.
           Dentro de la Península, y antes de formarse el reino visigodo, ya aparecen síntomas del rechazo hacia la población judía. En el concilio de Illiberis (Elvira) h. 292, se dictan una serie de normas antijudías: prohibición de compartir mesa con un judío; casarse con él, etc. Estas medidas estaban encaminadas a separar a la población cristiana de la judía y de esta manera evitar un posible proselitismo por parte hebrea.
         En 418 en Magona (Mahón), y a instancias del obispo Severo, se producen violentas luchas callejeras con el incendio de la sinagoga incluido. Posteriormente Severo se vanagloriará de haber convertido a quinientas cuarenta almas judías.
            Cómo se habrá observado no lo tenía fácil la población judía de Hispania, pero lo peor aún estaba por venir.
El reino visigodo arriano
            En el 414 comienza a haber presencia goda en Hispania. Tras el foedus de 418 el reino visigodo comienza a configurarse de la mano de Teodorico I (418-451)
            El primer código de leyes visigodo, Codex Eurici, promulgado durante el reinado de Eurico (466-484) no parece ningún tipo de legislación en contra de los judíos. No ocurre lo mismo en la Lex Romana Visigothorum (506) de Alarico II (484-507).


Lex Romana Visigothorum
            En este código se excluía a los judíos de los cargos públicos; proscribía los matrimonios entre cristianos y judíos, y se prohibía a éstos la construcción de nuevas sinagogas, tampoco podían disponer de esclavos cristianos –todo parece indicar que estas normas estaban inspiradas en el Codex Theodosianus - . Al parecer estas normas estuvieron lejos de cumplirse.
            En un principio los visigodos no introdujeron cambios en la situación jurídica de los judíos, éstos se regían de igual manera que durante el periodo romano, es decir por el Derecho romano.
            Podría afirmarse que la monarquía arriana fue tolerante con sus súbditos judíos, quizás la propia tensión existente entre católicos y arrianos ayudara a esta complacencia de los monarcas arrianos. Lo que es cierto es que en esta etapa la vida de judíos y cristianos solamente se diferencia por las costumbres impuestas por su cultura y religión.

La monarquía visigoda católica
            La conversión de Recaredo (586-601) en el III Concilio de Toledo marca el inicio de las persecuciones a los judíos. Dentro de los monarcas católicos destacan por su intransigencia: Sisebuto (612-621); Recesvinto (649-672) y Egica (687-702)

Conversión de Recaredo (Obra de Muñoz Degrain)

            Varios son los motivos que la historiografía moderna alude para explicar la persecución sufrida por los judíos durante el tiempo que se mantuvo la monarquía católico-visigoda: razones socioeconómicas, políticas, o religioso-ideológicas.
            García Iglesias[1] achaca a la Iglesia de ser la principal instigadora de la persecución a los judíos. Aduce que los reyes que alcanzaron el trono sin el apoyo de la Iglesia fueron mucho más moderados. Otros autores, como García Moreno[2] alegan motivos ideológicos: temores escatológicos cristianos y esperanza mesiánicas judías; y sociopolíticos: romper la solidaridad de las aljamas judías. P. King[3] señala motivos políticos y religiosos. Entiende que los judíos al quedar al margen de la fides debida a Dios tampoco entraban en la fides debida al rey, constituyendo, por consiguiente, un problema religioso y político.
            En mi opinión hay una conjunción de los factores antes mencionados. Bien es cierto que tras la conversión de Recaredo el referente legitimador de la monarquía visigoda es la Iglesia. El mismo Recaredo afirma que todos sus empeños habrían de encaminarse a la Iglesia de Dios, es decir hay una absoluta identificación entre regnum y ecclesia. La presencia judía, así como la de elementos arrianos, impedían el concepto de societas fidelium Christi, por tanto había que erradicar todos aquellos elementos que perturbaran este modelo de sociedad. Otro elemento importante, bajo mi punto de vista, es el económico. Me sustento para esta afirmación en que casi todas las disposiciones que se toman en contra de los judíos conllevan la confiscación de sus bienes. Estas confiscaciones favorecía a las clases dominantes, tanto civiles como religiosas, al ser ellas las receptoras de los bienes incautados.
            Al poco de acceder al trono, Sisebuto, inicia su política antijudía. En el 612 dictó una ley de carácter general que debería haberse cumplido en su totalidad a partir del uno de junio del mismo año. El fin de esta ley era erradicar el proselitismo judío. Las leyes de Sisebuto reforzaban las antiguas prohibiciones contra la conversión al judaísmo y contra los matrimonios mixtos; restablecía la pena de muerte –derogada por Recaredo- contra el proselitismo judío; los judíos quedaban obligados a desprenderse de sus esclavos y servidores, así como de sus colonos cristianos –juntamente con las tierras que tuvieran en arriendo-. Esta última disposición buscaba ahogar económicamente a la población judía, ya que limitaba su capacidad para disponer de una mano de obra servil con la que explotar sus tierras, ponía trabas a su participación en el mercado de esclavos, etc. Poco después, Sisebuto, ordenaba a los judíos elegir entre convertirse al cristianismo o abandonar el país.
            Tal era el fanatismo de Sisebuto que al final de la ley declaraba que habían de ser vinculante para sus sucesores, haciendo recaer una maldición sobre los reyes que, en el futuro, no exigiesen su cumplimiento.
            Tuvo que transcurrir mucho tiempo, tras la muerte del monarca, para que la Iglesia se posicionara en contra de esta ley –aunque sólo en lo referente al método, no a la finalidad-. El canon X del Concilio III de Sevilla (619) presidido por San Isidoro, alababa en general la política de conversiones forzosas, y obligaba a los judíos a llevar a cabo el bautismo efectivo de sus hijos, denunciando y prohibiendo la práctica, bastante frecuente, de sustituirlos en la ceremonia por niños ajenos.

San Isidoro de Sevilla
            Un pequeño paréntesis en la persecución se produjo durante los reinados de Suintila (621-631) y Sisenando (631-636). Estos monarcas permitieron a los judíos volver a sus antiguas prácticas e incluso autorizaron el regreso de quienes se habían visto obligados a emigrar a la Galia – El concilio VI de Toledo acusó tácitamente a estos monarcas de su descuidad tolerancia respecto a «la perfidia de los judíos»[4]
            Con Chintilla (636-640) volvió a recrudecerse la política antijudía, de nuevo se les planteó la disyuntiva de conversión o exilio. Mejoró la situación de la población judía con Chindasvinto (642-653) que tomó medidas similares a las de Suintila y Sisenando.
            La promulgación del Liber Iudiciorum (654), con numerosas medidas antijudías, provocó un masivo éxodo de judíos al reino de Borgoña. En donde había una gran permisibilidad para poder vivir de acuerdo a sus costumbres.

Liber Iudiciorum

            Ervigio y su Lex Ervigiana (681) retomó la conversión forzosa, en esto tuvo mucho que ver Julián de Toledo y su hostilidad, rayando en la paranoia, contra su pueblo de origen.

Julián de Toledo

Los concilios de Toledo
            Antes de la conversión de Recaredo los concilios se limitaban a tratar cuestiones espirituales y eclesiásticas; tras su conversión, en los concilios participaron directamente el rey los nobles; desde ese momento los concilios pasan a convertirse en parlamentos que legislaban tanto en lo eclesiástico como en lo civil.


            Los acuerdos de los concilios o decretos conciliares (cánones) eran promulgados y firmados por todos los asistentes, tanto laicos como seglares. Posteriormente el rey sancionaba estos acuerdos mediante una Lex in confirmatione concili edita, adquiriendo fuerza de ley civil –Recaredo tras el Concilio III de Toledo, y Ervigio tras el Concilio XIII de Toledo así lo hicieron.
            Dos temas destacan en los asuntos tratados en los concilios: la intervención en la sucesión del trono –estableciendo las normas de sucesión, los castigos a los usurpadores del solio real, y la situación económica de los allegados al monarca tras la muerte de éste-, y el judaísmo, al que dedicaron cuarenta y tres capítulos. P. King los describe muy gráficamente: «(…) por la ferocidad de sus expresiones, así como por la gravedad de los castigos comportan abundantes y tremendos testimonios de repugnancia – y tal vez miedo- en que la antigua religión era tenida y de la determinación de algunos reyes de erradicarla»[5]
Concilio III de Toledo (589)

Recaredo dirigiéndose a los miembros del Concilio III de Toledo

            En el canon XIV los obispos obedecen la sugerencia de Recaredo de que la conversión al catolicismo fuese un imperium legis, es decir un mandato legal. Este mismo canon prohíbe a los judíos contraer matrimonio con cristianos, poseer esclavos cristianos, y ejercer cargos públicos.
Concilio IV de Toledo (633)


            En este concilio, presidido por san Isidoro, el canon LVII, en su primera parte, señala que no se debe obligar a los judíos a creer, sino que deben convertirse por voluntad propia; pero en la segunda parte se contradice a la primera al establecer que los judíos, aunque obligados  por medio de la coacción, debían ser obligados a permanecer en la fe cristiana. Es más, el canon LIX obliga a volver a la religión cristiana, si es necesario mediante el uso de la fuerza, a aquellos judíos que tras ser bautizados habían retornado a sus antiguas creencias. Esto contradice la idea generalmente aceptada de que Isidoro de Sevilla era contrario a las conversiones forzosas.
            En este concilio se toman otras muchas disposiciones contra los judíos: sus esclavos circuncidados quedaban libres; se les arrebata a los hijos para educarlos en la fe cristiana, conversos y judíos quedan excluidos de los cargos públicos- esta exclusión de los conversos confirma que la Iglesia no confiaba en que las conversiones hubieran sido reales, sospechando que seguían fieles a su religión-.
Concilio VI de Toledo (638)
            En esta reunión conciliar convocada por Chintilla, y al parecer bastante influenciada por el papa Honorio I –furibundo enemigo del pueblo judío-, se volvieron a las posiciones de la conversión forzosa. Al parecer el obispo de Zaragoza, Braulio, logró que la pena ante la negativa a la conversión no fuera la de muerte sino la de destierro. Para la conversión no bastaba la aceptación del bautismo sino que había que realizar la professio[6]. Otra medida fue la prohibición de viajar por el interior del país sin un permiso de las autoridades eclesiásticas.
            El canon III decreta que los reyes en el momento de acceder al trono, añadirían otra promesa a las establecidas. Tenían que prometer que permitirían que los judíos violentasen la fe católica. Se establece pues, siguiendo en parte los pasos de Sisebuto, una obligatoriedad de mantener la persecución intempore.
Concilio VIII de Toledo (653)


Representación del Concilio VIII de Toledo
            La conversión forzosa parece que no convencía a nadie, posiblemente por los pobres resultados obtenidos, se deduce esta conclusión del tomus regius de Recesvinto en la sesión inaugural del concilio: « Me refiero a la vida y costumbres de los judíos, de quienes tan sólo sé que con su peste contagiosa está manchada la tierra de mi gobierno. Pues ya que Dios omnipotente había arrancado de raíz a todos los herejes de esta tierra, se sabe que ha quedado esta única vergüenza sacrílega, a la que la fuerza de nuestra devoción corregirá, o la venganza del castigo aniquilará»
            No se quedó Recesvinto en esta simple petición al concilio. Al año siguiente promulgó el Liber Iudicum, en el que los títulos II y III del Libro XII están íntegramente dedicados a la cuestión judía. En este código no sólo se trataba de limitar el culto de la religión judaica, sino trataba de impedir cualquier manifestación de criptojudaísmo imponiendo para ello durísimas penas: lapidación y hoguera, que debía ser realizada por los restantes miembros de la aljama en un claro intento de sembrar la discordia y romper los vínculos solidarios sobre los que se basaba la convivencia de los judíos.
            Existe un curioso documento de la aljama de Toledo que demuestra el pánico que sentía la población judía en esos momentos. Está fechado en el día dieciocho de diciembre del año sexto del reinado de Recesvinto.


Museo de los concilios. Toledo
            En este documento afirman que se habían convertido por coacción del rey Chintila, y que no había sido una conversión sincera. Sin embargo prometen que, desde ese día, cumplirán los preceptos de la Iglesia como buenos cristianos.

Concilio XII de Toledo (681)
            Erevigio dirigió un tomus regius a la asamblea conciliar para que aprobara la legislación promulgada en la Lex Visigothorum Ervigiana –refundición del Liber Iudiciorum. El canon IX declara haber examinado y confirmado las nuevas leyes e incorpora un extracto de estas leyes en el propio canon.
            Estas leyes traen tres novedades importantes: 1) Nueva y drástica orden de bautismo forzoso en el plazo máximo de un año, suprimiendo la alternativa del destierro; 2) agravamiento generalizado de las penas por la trasgresión de las normas prohibitivas del criptojudaísmo, que se fijará de manera genérica en la muy dura decalvación[7], cien azotes, destierro y confiscación de bienes; 3) el papel otorgado a los obispos en la vigilancia sobre las aljamas, y en el cumplimiento de las leyes convirtiéndose en verdaderos patronos de aquellas.
Concilios XVI (694) y XVII de Toledo (696)
            Egica fue uno de los monarcas visigodos que con más ensañamiento persiguió a los judíos. En esta caso con la quiescencia de dos concilios.
            La política antijudía de Egica tiene dos fases, La primera dura, aproximadamente, siete años, la segunda, muy radical, se ha catalogado por algunos historiadores como la «solución final».

Representación del rey Egica
            
         En la primera etapa primó económica y sociojurídicamente a los judíos conversos, permitiéndoles comerciar libremente –incluso el gran comercio ultramarino-; también dejarían de pagar el impuesto especial que hasta ese momento abonaban todos los súbditos de origen judío; por otro lado tendrían los mismos derechos que los considerados cristianos viejos. Esta política moderada se corresponde con el concilio XVI.
            La segunda fase comienza con el concilio XVII. En este sínodo conciliar Egica propone la solución final: dispersión, desmembración de familias, y esclavizar a todos los judíos, convertidos o no. El sínodo no puso ningún reparo en confirmar estas proposiciones.
            La justificación para tomar tales medidas sería el descubrimiento de una conjura entre los judíos del reino hispanovisigodo y los de ultramar con el fin de asestar un golpe escatológico a la cristiandad. Nada existe que pruebe esta supuesta conjura, aunque dado el trato que estaban recibiendo no sería de extrañar, como tampoco sería censurable, y por tanto no se les podría catalogar como traidores a su patria, como en alguna ocasión se les ha acusado.
Conclusiones
            La actuación de la casi totalidad de los reyes visigodos tras su conversión al catolicismo, en la cuestión judía, no tiene justificación alguna. Se argumentará que era otra época; que la mentalidad medieval era distinta a la que tenemos en el siglo XXI. Ante esta objeción se podría decir que de la misma época son también reyes como Suintila, Sisenando, Chindasvinto, y que estos no trataron de igual forma al pueblo judío.
            Tampoco sirve de justificación decir que en todos los lugares les trataron más o menos igual. Bien es cierto que medidas antijudías se toman en muchos lugares del occidente cristiano: el concilio V de París (614) impone el bautismo a judíos con cargos públicos; el rey franco Dagoberto obliga al bautismo en 629. Pero estas medidas tomadas en otros reinos son provocadas por situaciones coyunturales de carácter temporal, obedecían a circunstancias particulares que carecían de continuidad en el tiempo, no como en Hispania que se mantienen durante, prácticamente, todo el periodo visigodo-católico.
            Por todo lo que padecieron los judíos en estos siglos a nadie debe extrañar que recibieran a los musulmanes como unos libertadores.

Bibliografía
Fuentes primarias
Concilios visigóticos e hispano-romanos, José Vives (edi.), Barcelona-Madrid, 1963
Fuentes secundarias
AYASO MARTÍNEZ, José R.: Los judíos ante el dominio de Roma, en Miscelánea de Estudios Árabes y Hebreos, XXXVI, 1987
GARCÍA DE VALDEAVELLANO, Luís: Curso de Historia de las Instituciones españolas, Madrid, 1973
GARCÍA MORENO, Luís: La legislación antijudía del reino godo de Toledo, en Miscelánea de Estudios Árabes y Hebreos, XLII/2, 1993
GARCÍA MORENO, Luís: Los judíos de la España antigua. Del primer encuentro al primer repudio, Barcelona, 1993
GONZÁLEZ SALINERO, Raúl: Las conversiones forzosas de los judíos en el reino visigodo, Roma, 2000
KING, P: Derecho y sociedad en el reino visigodo, Madrid, 1981
LÓPEZ POZO, Francisco: Leyes antisemitas extraídas del Fuero Juzgo, Córdoba, 1997
LORING, Mª Isabel: La Hispania tardorromana y visigoda. Siglos V-VIII, Madrid, 2007
PÉREZ PRENDEZ, José Manuel: Curso de Historia del Derecho Español, Madrid, 1983
RIPOLL, Gisela y VELÁZQUEZ, Isabel: La Hispania Visigoda, en Historia de España 16, vol. VI, Madrid, 1995
ZEUMER, Karl: Historia de la legislación visigoda, Barcelona, 1944
           


[1] Los judíos en la España Antigua, Madrid, 1978
[2] La legislación antijudía del reino visigodo de Toledo: un ensayo sociopolítico, en MEAH, 42/2, 1993, pp. 37-49
[3] Derecho y sociedad en el reino visigodo, Madrid, 1981
[4] GONZÁLEZ SALINERO, Raúl: Las conversiones forzosas de los judíos en el reino visigodo, Roma, 2000
[5] Ob. Cit., p. 154
[6] La professio no era una simple fórmula verbal, sino una abjuración y un compromiso solemne realizado ante el obispo. Este testimonio era posteriormente conservado en los archivos de la iglesia de la localidad.
[7] La decalvatio no consistía, como se ha venido manteniendo, en un simple rapado de cabeza. La labor del verdugo radicaba en desollar desde la frente a la mollera la cabeza del reo. Unas veces se imponía la decalvatio benigna, de tendencia esteticista, pues solamente se hacia «esquilar la cabeza feamente»; otra forma era la turpier o deformiter decalvatio, en esta caso al reo había que «desfollare muy laydamientre», o lo que es lo mismo muy ignominiosamente.

martes, 27 de noviembre de 2012

Imágenes Hispanas en Los Pilares de la Tierra (II)


Toledo
El segundo pasaje hispano que aparece en la obra de Ken Follet es la ciudad de Toledo. La ciudad castellana fue conquistada a los musulmanes por Alfonso VI en el año 1085. Toledo había sido la capital del reino visigodo. Tras la conquista musulmana de la Península pasó a ser una de las principales ciudades de al-Andalus. Cuando se desmoronó el califato omeya se convirtió en uno de los principales reinos de taifas.

Mapa antiguo de Toledo

Tras la conquista de la ciudad por Alfonso VI la población toledana era un conglomerado de etnias y culturas. Convivían musulmanes (1), judíos y cristianos, y dentro de estos últimos, se podían distinguir distintos grupos, por su cultura, su idioma, así como por su particular forma de manifestar su religiosidad. De esta forma podemos ver a castellanos y francos que seguían el rito católico ortodoxo, los mozárabes que mantenían vivo el rito mozárabe, y los conversos, tanto judíos como musulmanes, que seguían con mayor o menor entusiasmo los preceptos de la religión a la que se habían acogido.
Es preciso analizar la famosa tolerancia de la sociedad toledana ya que no fue tan amplia como comúnmente se cree. Aún así, es cierto que varios monarcas intentaron que existiera esta convivencia, en gran parte debido al temor a que se despoblara el territorio; a este respecto es reseñable que Alfonso VI se hiciera llamar «emperador de las tres religiones» (2).

Estatua ecuestre de Alfonso VI

Un elemento que sirvió para mantener la diversidad cultural entre cristianos, musulmanes, e incluso judíos, fueron los mozárabes -recordemos que el término mozárabe significa «arabizado». Estas gentes en las que confluían influencias de ambas culturas hacen que la «comprensión» de los elementos socioculturales arabo-musulmanes no sean vistos como extraños tras la conquista. A lo anterior hay que sumar que todos comparten una misma lengua: el árabe.
Dentro de esta convivencia se suele hablar de tres culturas, aunque posiblemente lo más lógico sería que se empleara el término de dos culturas y tres religiones. Sólo hubo dos culturas dominantes, cada una en un periodo distinto, la árabe y la cristiana; la cultura judía nunca tuvo ningún tipo de influencia en el desarrollo de la vida cotidiana.
¿Qué ciudad se encontró el cantero inglés a su llegada a Toledo? Se podría decir que una ciudad que mantenía aún la fisonomía árabe que le habían otorgado sus pobladores musulmanes. Incluso tras la conquista cristiana fueron los artesanos y alarifes mudéjares los que siguieron construyendo la mayoría de los edificios siguiendo la pauta arabo-islámica.
El principal acceso a la ciudad era la Puerta de la Bisagra, tras ellas se encontraba el Arrabal, antiguo barrio musulmán que fue amurallado por orden de Alfonso VI.

Puerta nueva de la Bisagra

Continuando por la vía principal se llegaba al antiguo muro Azor, abierto por dos puertas. Junto a una de ellas se levantaba la mezquita hoy conocida por Cristo de la Luz. (3)

Cristo de la Luz

El centro de la ciudad era la plaza de Zocodover (4) lugar donde se celebraba un mercado semanal. La zona comercial incluía el barrio de los Francos, la Alcaicería -donde se comerciaba con objetos de lujo-, y junto a ella, los comerciantes judíos que se distribuían por la plaza de las Cuatro Calles y la calle de la Sinagoga formando el Alcaná (5).
Cuando Follet menciona que Jack vivía con un grupo de clérigos ingleses, que formaban parte de la comunidad internacional, parece que se está refiriendo a la que se ha denominado Escuela de Traductores de Toledo. Respecto a esto conviene decir que no existe ningún documento que nos haga pensar que existiera un marco institucional que agrupara a los traductores que se encontraban en Toledo; se puede afirmar -aunque aún hay quien mantiene lo contrario- que tal institución no existió.

Alfonso X con escribanos. Imagen de la Cantigas

Lo que sí es cierto es que hubo una confluencia de personajes interesados en recuperar tanto el saber clásico como el de la cultura árabe. La traducción de obras escritas en árabe al latín parece que tuvo un primer impulsor en la figura del arzobispo Raimundo (1124-1152), aunque solamente aparezca una obra dedicada a él. Todo indica que fue en tiempos de sus sucesor, el arzobispo Juan (1152-1166) cuando mayor empuje recibieron las traducciones. Para apoyar esta afirmación cabe mencionar que dos de los principales traductores «toledanos», Gerardo de Cremona y Domingo Gonzálvez estuvieron en Toledo en el periodo comprendido entre 1150 y 1180.
Las traducciones las solían realizar dos personas con conocimientos sobre la materia que tenían que traducir. Uno era experto en la lengua en que estaba escrito el original, el otro en la lengua a la que iba a ser vertido el libro. Con Alfonso X los traductores aumentaron a tres, encargándose uno de ellos de elaborar la versión en castellano.
La importancia cultural de Toledo viene de época musulmana. Cada una de las taifas destacó en una rama del saber. La de Sevilla en la poesía; Denia en los estudios coránicos, Córdoba en historia y geografía, quedando para Toledo ostentar la hegemonía en las ciencias que provenían de la Antigüedad. Tras la caída del califato cordobés muchos astrónomos, filósofos, médicos, etc., se trasladaron de Córdoba a Toledo. Este hecho posibilitó que en siglos posteriores Toledo pudiera ser considerada como la capital científica de al-Andalus.
Posiblemente fue este esplendor de las ciencias el que posibilitó que hubiera científicos que fueran capaces de fabricar las magníficas clepsidras (6) y los autómatas. Dentro de las clepsidras fueron famosas en Toledo las construidas por Arzarquiel (7) por encargo del rey al-Mamun. Las clepsidras de Arzaquiel estuvieron funcionando hasta 1134. En esa fecha un astrónomo judío, Amir ben Zabara, solicitó al rey Alfonso VII permiso para desmontarlas y así poder estudiar su funcionamiento. Una vez desmontadas, el erudito judío se vio incapaz de reconstruirlas por lo que las clepsidras toledanas desaparecieron.
Antes de concluir no quiero dejar de alabar el buen trabajo documental realizado por Ken Follet, sería de agradecer que en todas las novelas históricas se actuara con el rigor con el que lo hace el autor de Los Pilares de la Tierra.
Notas
(1) En número mucho menor del que se suele pensar. La conquista de la ciudad por los cristianos provocó que muchos huyeran a las zonas de al-Andalus que aún estaban en posesión de los musulmanes; de los que quedaron un buen número se marchó cuando la mezquita aljama fue convertida en templo de culto cristiano -faltando a las promesas hechas por Alfonso VI-
(2) Refiriéndose al cristianismo, islam y judaísmo.
(3) Construida en el 999, fue cristianizada en el siglo XII añadiéndosele un ábside de estilo mudéjar.
(4) Suq-al-dawab (mercado de las bestias)
(5) Lugar donde estaban las tiendas de los mercaderes
(6) Relojes de agua. El amigo converso de Jack tenía uno de ellos en su casa.
(7) De ellas hablaron Mose ben Ezra, que le dedicó un poema, y el geógrafo al-Zuhri.

BIBLIOGRAFÍA
Camino de Santiago
CORTÉS ARRESE, M. El Camino de Santiago, Cuadernos de Historia 16, nº 87 (1997)
DÍAZ y DÍAZ, M. El Códice Calixtino de la Catedral de Santiago. Estudio codicológico y de contenido. Santiago de Compostela (1988)
GARCÍA TURZA, J. (coord.) El camino de Santiago y la sociedad medieval, Logroño, 2000
LÁZARO, Mª y VILLAR FLOR, C. Viajeros y peregrinos en el Camino de Santiago riojano. Logroño, 2004
RUÍZ MONTEJO, J. El Camino de Santiago. Andares de un peregrino en la España del siglo XII. Madrid, 2004.
RUÍZ DE LA PEÑA SOLAR, J.L (coord.) Las peregrinaciones a Santiago de Compostela y San Salvador de Oviedo en la Edad Media. Oviedo, 1993
VVAA. Mil años por el Camino de Compostela. La Aventura de la Historia, nº 8. 1999
VVAA. IV Semana de estudios medievales. Logroño. 1994.

Toledo
CARDAILLAC, L. (dir.) Toledo siglos XII-XIII. Musulmanes, cristianos y judíos: la sabiduría y la tolerancia. Madrid, 1992.
GARROT GARROT, J.L (coord.) Cristianos y musulmanes en el medievo hispano. Madrid, 2006
PASTOR DE TOGNIERI, R. En las fronteras de dos formaciones económico-sociales. Barcelona, 1975.
VVAA. I Congreso Internacional. Encuentro de las Tres Culturas. Toledo. 1983
VVAA. II Congreso Internacional. Encuentro de las Tres Culturas. Toledo. 1985
VVAA. Simposio Hispanoárabe. Toledo. 1986
VVAA. Entre el califato y el taifa. Mil años del Cristo de la Luz. Toledo. 1999
VVAA. Regreso a Tulaytula. Guía del Toledo islámico. Toledo. 1999


jueves, 22 de noviembre de 2012

Imágenes Hispanas en «Los Pilares de la Tierra» (I)


Introducción
Este artículo es un extracto de la conferencia que pronuncié en 2008 en unas jornadas sobre novela histórica celebradas en la Universidad Autónoma de Madrid.
Santiago de Compostela

Catedral de Santiago de Compostela
Dos ciudades hispanas tienen un cierto protagonismo en la obra de Ken Follet: Santiago de Compostela y Toledo. La primera como uno de los centros neurálgicos de las peregrinaciones medievales; la castellana como ejemplo de ciudad en la que confluyen las tres religiones que cohabitaban en la época en la península Ibérica.
Compostela fue en época medieval, junto a Roma y Jerusalén, uno de los grandes receptores de peregrinos. El nacimiento del culto a Santiago data del siglo IX. En torno al año 800, un eremita de nombre Pelayo observó una serie de fenómenos luminosos, puso el hecho en conocimiento de Teodomiro, obispo de Iria Flavia. El obispo visitó el lugar indicado por el eremita y certificó que allí descansaban los restos mortales del apóstol.

Camino de Santiago
El espaldarazo internacional se lo dio el papa León III, que fue el encargado de propagar la noticia a toda la cristiandad. También jugaron un papel importante en la expansión del culto jacobeo, por un lado la institución del jubileo por parte del papa Calixto II que, a partir de 1122, alentó en gran medida la peregrinación, y por el otro el apoyo incondicional de la orden de Cluny (1) que a través de los numerosos monasterios cluniacenses que jalonaban el camino, ayudó a la expansión del culto.
El punto álgido del culto medieval habría que situarlo en el siglo XII. Se calcula que entre 200.000 y 500.000 peregrinos acudían anualmente a visitar la tumba del apóstol. A partir de la Reforma comienza a decaer la peregrinación jacobea -los protestantes consideran que las peregrinaciones no tienen ningún sentido y carecen de validez espiritual-.
Son diversos los factores que incitan al culto a Santiago: religiosos, culturales, políticos y militares - Santiago adalid de las tropas cristianas en su lucha contra los musulmanes-.

Santiago «Matamoros»
Otros motivos eran la búsqueda de un milagro al estar en contacto con el santo, la curación de una enfermedad, el voto realizado por un favor recibido de origen divino, el cumplimiento de una penitencia -que podía ser de carácter religioso o por una sentencia judicial (2)-, y por supuesto, la remisión de los pecados cometidos. Entre los peregrinos también existían numerosos profesionales que realizaban la peregrinación por encargo de otra persona.
A Santiago llegaban peregrinos de todos los países del mundo católico - la cristiandad oriental se mantuvo alejada al tener ella sus propios centros de peregrinación-. Dentro de la amalgama de viajeros europeos destacan los provenientes de las islas británicas. El Codex Calixtinus menciona, entre las nacionalidades de los peregrinos, a gentes provenientes de Escocia, País de Gales, Irlanda e Inglaterra.

Codex Calistinus (siglo XII)
Con la imposición en suelo francés de la dinastía de los Plantagenet -mediados del siglo XII- se asentaron las rutas que llevaban a Compostela, tanto por vía marítima como terrestre.
La mayoría de los peregrinos ingleses que partían de las islas solían ir a Santiago por vía marítima -en contra de lo que hacen los protagonistas de la novela: Jack y Aliena-. Solían tener como punto de partida los puertos ingleses de Bristol, Plymouth y Yarmouth, llegando al puerto de La Coruña para desde allí proseguir el camino por vía terrestre hasta llegar a la ciudad jacobea. El trayecto por mar evitaba el largo, costoso y peligroso viaje terrestre que atravesaba toda Francia y todo el norte peninsular hasta alcanzar la ciudad compostelana. No obstante había viajeros que preferían la ruta terrestre.
Ken Follet demuestra haberse documentado bien al señalar algunos de los puntos por los que transcurría la ruta francesa. Efectivamente, los peregrinos desembarcaban en las costas normandas; en París tomaban la ruta Turonensis (3), entraban en España por Roncesvalles siguiendo el denominado «camino francés»
Hubo notables peregrinos provenientes de las islas británicas, cabe mencionar a Walter Gifford, señor de Longueville -hacia 1064-, August de la Haye -entre 1093 y 1120-, Richard Mauleverer de Yorkshire -hacia 1105-. Pero sin duda la peregrinación más renombrada fue la que realizó la princesa Matilde en 1125. Matilde era hija de Enrique I de Inglaterra y viuda del emperador Enrique V de Alemania. Algunas fuentes dicen que la princesa fue obsequiada con una mano del apóstol, reliquia que la princesa llevó consigo a Inglaterra.

Matilde de Inglaterra
El camino a Santiago no estaba exento de peligros y penalidades. Las duras condiciones en que debían viajar los peregrinos afrontando las inclemencias del tiempo, las enfermedades, los asaltos de bandidos, etc., hacían imprescindible que existieran centros donde se les prestara ayuda. Para cubrir esta necesidad de apoyo al peregrino surgen numerosos hospitales y albergues. Los primeros hospitales fueron fundados por monjes cluniacenses -incluso en los casos en la que la fundación se debía a un laico, al poco tiempo pasaban a ser dirigidos por los monjes-; en el camino se pueden contabilizar en torno al centenar de hospitales.
La ruta jacobea tuvo importantes consecuencias socio-económicas a lo largo de su recorrido: reactivación de la vida comercial, sobre todo por la actuación de mercaderes ultrapirenaicos, aumento demográfico con el asentamiento de nuevas gentes, edificación de hospitales, construcción o renovación de puentes, calzadas, etc. Otro efecto fue el crecimiento de muchas poblaciones, hasta entonces de poca significación, que alcanzan el rango de ciudades, es el caso de Logroño, Santo Domingo de la Calzada, Sahagún, Jaca, entre otras muchas.
Al ser el protagonista de la obra de Follet un cantero no podemos dejar pasar por alto la labor constructiva que se llevó a cabo en el camino de Santiago (4). Seguramente de habérselo propuesto, el joven cantero inglés no habría tenido problemas para encontrar trabajo. En la época en que se desarrolla la obra de Follet en Santiago se estaban construyendo la catedral, un hospital y un acueducto. Aymerico Picaud en su obra Guía del Peregrino (5) nombra a algunos de los constructores que realizaban obras en la ruta: Andrés, Rogelio, Alvito, Fortus, etc., todos ellos en la zona gallego-leonesa.
Pero de entre todos los constructores del Camino destacan dos: Domingo (m. 1109) que era un eremita que habitaba a orillas del río Oja se dedicó a realizar diversas obras para la mejora del camino que llevaba a la ciudad del apóstol. Creó una vía entre Nájera y redecilla, construyó y rehabilitó un puente sobre el río antes mencionado. Toda esta labor constructora hizo que su canonización se le concediera como santo Domingo de la Calzada.
El otro es un discípulo del anterior: Juan de Quintanaortuño (1080-1163) que continúo la labor de Santo Domingo construyendo un albergue y una iglesia, asimismo remodeló la ruta aclarando el bosque de los Montes de Oca, también se le atribuye la construcción de varios puentes entre Logroño y Atapuerca.
No podemos terminar nuestro recorrido por el Camino de Santiago sin mencionar a los juglares - a quienes deseaba encontrar Jack para recabar noticias sobre su padre-. Está documentado que había juglares que se ganaban la vida a lo largo del camino jacobeo, estos iban en busca de algún rey o señor que les cobijara en su corte y les permitiera ganarse el sustento. El desarrollo de la lírica trovadoresca durante los siglos XII y XIII ayudó a que aumentara el número de estos cantores de gestas y romances.

Juglar (imagen de las Cantigas)
Notas
(1) Follet hace mención a este hecho
(2) Con el auge de la peregrinación muchas sentencias civiles condenaban al reo a realizar una peregrinación a un determinado lugar.
(3) Se denomina así porque uno de sus principales puntos era la ciudad de Tours, como apunta Follet.
(4) Algún historiador ha calificado esta actividad constructiva -entre el año 1000 y el 1300- de febril-
(5) Inserta en el Codex Calistinus