Educación y
cultura
Posiblemente en uno de los campos en
donde se ve un mayor componente misógino sea en el terreno de la cultura; tanto
en el acceso a la misma como en la participación en la vida intelectual. No
obstante quizás sea en el ámbito cultural donde mayores diferencias existen
entre el mundo cristiano y el mundo islámico, siendo éste último más receptivo
a que la mujer accediera al conocimiento, en parte por indicación del propio
Corán, que incide en la bondad de la cultura, tanto para el hombre como para la
mujer, con el fin de tener una mejor compresión del mensaje divino. El islam
considera la devoción al saber como devoción a Dios.
Lo anterior no es óbice para que en
ambas sociedades destacaran mujeres por su saber. Baste mencionar a Hildegarda
de Bingen, Rosvita de Gandersteim, Cristina de Pisan, la poetisa Wallada –que
escribió algunos poemas de corte netamente feminista-, Aisa bint Ahmad o Umm
Hana.
En la Hispania cristiana no fue
fácil el acceso de la mujer a la educación, ni siquiera a la primaria. Desde
san Pablo[1] se mantiene el modelo de que la mujer no
tiene necesidad de obtener conocimientos. Las únicas enseñanzas que debe
recibir son las que le ayuden a ser obediente, casta, y a ejercitar las labores
“propias” del sexo femenino: llevar la casa, criar a los hijos, etc. Hubo
numerosos tratadistas y moralistas que se empeñaron en que a la mujer le fuera
vetado el acceso al conocimiento. Para Fernández Pérez de Guzmán, la mujer no
debe acudir a las escuelas, ya que su lugar es estar encerrada en casa; Felipe
de Novara mantiene que a la mujer no se la debe enseñar a leer ni a escribir.
Los escolásticos decidieron, en el siglo XIII, que el alma femenina no tenía
las capacidades intelectuales que poseía la del hombre, por tanto sería incapaz
de asimilar un conocimiento elevado. Alguna voz se alzó aconsejando que la
mujer, de clase social alta, sí debía recibir alguna educación: Francesc
Eiximenis o Stº Tomás de Aquino, son algunos, pocos, de los que defienden esta
postura. Sólo el ingreso en un convento permitió a algunas acceder a los más
rudimentarios elementos culturales. Fueron numerosas las monjas que aprendieron
a leer, bastantes menos las que unieron a la lectura, la escritura.
Si ya tenían difícil el acceso a las
primeras enseñanzas, no digamos el poder llegar a cursar estudios superiores.
Habrá que esperar al reinado de Isabel la católica para que nos encontremos con
alguna mujer en los ámbitos universitarios: Teresa de Cartagena estuvo en
Salamanca, Lucía Medrano recibe el título de catedrática de Elocuencia y Poesía
latina. Pero estos dos ejemplos no son sino dos rarísimas excepciones.
En al-Andalus parece ser que el
acceso a la enseñanza fue bastante más fácil, sobre todo en la etapa inicial.
Aún cuando había algunas fatuas que
desaprobaban que las niñas fueran a las escuelas, numerosos alfaquíes entendían que era necesario
que la mujer aprendiera a leer, sobre todo, y a escribir. Ibn Hazm nos dice: « Yo he intimado mucho con mujeres… porque me
crié en su regazo y crecí en su compañía, sin conocer a nadie más que a ellas y
sin tratar hombres hasta que llegué a la edad de la pubertad… Ellas me
enseñaron el Alcorán, me recitaron no pocos versos y me adiestraron en tener
buena letra.»[2].
La gran mayoría de las niñas, y también los niños, no pasarían de esta
enseñanza primaria impartida en las escuelas coránicas. El acceso a estudios
superiores sólo estaba en manos de las familias con los suficientes recursos
económicos para poder pagar un profesor particular.
Mujeres
musulmanas recibiendo clase
A pesar de lo anterior si tenemos
conocimiento de no pocas mujeres andalusíes que accedieron al nivel medio y
superior en la enseñanza, sobre todo las provenientes de las clases altas y las
esclavas. Es sabido que la mujer alcanzó la práctica totalidad de los campos
del saber, todas las ciencias relacionadas con las letras o con las ciencias
coránicas: Karima al-Marwa, m. 439/1070; en matemáticas Lubrina, yawari de al-Hakam II; la astronomía, la
medicina, etc.[3]. Hubo,
incluso, mujeres que recibieron de sus maestros la iyaza (facultad de enseñar): Ubayd Allah bint Qarluman (siglo IX),
Fátima bint Muhammad ben Alí Saria (siglo X), Maryam bint Abi Yaqub (siglo XI),
fueron algunas de ellas. Estas mujeres profesoras (adiva) enseñaron incluso a
hombres, por ejemplo a Abu Bakr Iyyad ben Baqi, o el famoso sabio Ibn Arabi.
En mi opinión la mujer andalusí
tuvo bastantes más facilidades que la hispanocristiana para acceder al
conocimiento. Una labor muy relacionada con la cultura es la escritura, y bajo
éste parámetro baso parte de mi afirmación. En la Hispania cristiana solamente
aparece una obra literaria elaborada por una mujer, se trata de Duoda, condesa
catalana, que escribió en el siglo IX un tratado de educación dedicado a su
hijo. No volverán a aparecer autoras cristianas hasta el reinado de los Reyes
Católicos: Teresa de Cartagena, Florencia Pinar, etc., siendo de destacar que
la inmensa mayoría eran religiosas.
En al-Andalus, solamente entre
los siglos VIII y XIV, aparecen más de cincuenta poetisas[4].
Y no sólo hay referencia de poetisas pertenecientes a la nobleza, o a las
clases más elevadas; aparece documentada la existencia de una poetisas que era
la hija de un vendedor de higos, Muhya bint al-Tayyani, que fue enseñada por la
princesa omeya Wallada.
Recreación
romántica de Wallada
Visión de la
sexualidad
En la forma de entender la
sexualidad es donde, posiblemente existan mayores diferencias entre el
pensamiento cristiano y el musulmán. El discurso religioso islámico entiende
que las relaciones sexuales son una necesidad física creada por Allah, por
tanto el realizar el acto sexual es grato a sus ojos. El islam desaprueba el
celibato, todo lo contrario que el cristianismo que lo ve como la forma más
elevada de vida. La mujer ideal es la que conserva el celibato hasta el fin de
sus días. Esta idea que al celibato un estadio superior espiritual se verá
aumentada a partir de la implantación del culto mariano.
No solo aconseja el islam las
relaciones heterosexuales, sino que hay numerosas recomendaciones dirigidas al
varón, para que éste no se preocupe solamente de su gozo, sino que intente
buscar el placer de la mujer. Así queda reflejado en algunos hadices:
« Cuando desees hacer el amor con tu mujer, no te precipites porque la
mujer [también] tiene necesidades [que debe ser satisfechas]» (Alí)
«Causas del amor y de dicha son que
el hombre satisfaga la necesidad de la mujer más que la suya y anteponga, ante
todo, el deseo de ella, puesto que lo corriente es que la mujer en esto le
quede el fracaso y la desilusión, excepto accidentalmente y conduce a muchos
daños en las que necesitan satisfacción.» (Ibn al-Jatib)
«Cuando cualquiera de vosotros haga
el amor con su mujer, que no vaya a ella como un pájaro; en lugar de eso él
debe ser lento y pausado.» (anónimo)
Esto no significa que el islam
permita totalmente las relaciones sexuales; prohíbe taxativamente las
relaciones extramatrimoniales[5],
que tienen consideración de adulterio y son castigadas severamente.
Se ha dicho en numerosas
ocasiones que el discurso religioso islámico preconiza las relaciones sexuales;
todo lo contrario hace el cristiano. Desde los primeros momentos el acto sexual
se ve como algo pecaminoso, desagradable a los ojos de Dios. San Agustín decía:
« No conozco nada que rebaje más la mente
humana de las alturas que las caricias de una mujer y la unión de los cuerpos.»;
Odón, abad de Cluny (siglo X) mantenía que «La
belleza física es aparente y no va más allá de la piel. Si los hombres vieran
lo que subyace debajo, la visión de las mujeres sublevaría el corazón. Cuando
no podemos tocar con la punta del dedo un esputo de mierda ¿cómo podemos llegar
a desear abrazar ese saco de estiércol?». Sobran comentarios.
Incluso dentro del matrimonio el
cristianismo ve el deseo sexual como pecaminoso. Tomás de Aquino establece en
su Tratado del matrimonio, que si
existe deseo de acto sexual se está cometiendo un pecado mortal. En las Penitenciales se indica que sólo existe
una postura lícita, la mujer debajo, pasiva, sometida; cualquier otra forma de
realizar el acto es pecado, pues busca solamente el placer[6].
En definitiva incluso dentro del matrimonio sólo aprueba el acto sexual que
tenga como fin la procreación.
Quizás en lo único que coincidan
cristianismo e islamismo en relación al sexo, es que la mujer tiene más
apetencias que el hombre. Esta idea parece claramente influencia del
pensamiento aristotélico, que argumentaba la insaciabilidad sexual de la mujer
debido a tener un exceso de humedad en su cuerpo.
El matrimonio
En las dos culturas tanto las
actitudes, como las actividades de la mujer, quedan supeditadas a los deseos
del esposo. La buena esposa es aquella que siempre está dispuesta a atender los
deseos del marido, cuidarle, obedecerle, es decir aquella que acepta la total
sumisión.
Partiendo de la premisa anterior hay
que mencionar las diferencias, tanto en el concepto que se tiene sobre el
matrimonio, como en su institucionalidad y desarrollo. La visión contraria a la
sexualidad provoca que, desde el cristianismo, se tenga una cierta actitud
hostil hacia el matrimonio. Como he apuntado anteriormente es el celibato el
estado de mayor pureza espiritual. En el islam el matrimonio es muy recomendado
tanto para hombres como para mujeres. Esta recomendación estaría en consonancia
con la desaprobación que el islam hace del celibato.
El amor en pocas ocasiones era el causante del matrimonio, y esto se puede
atribuir a las dos confesiones. Eran más los intereses económicos, políticos o
sociales de las familias las que propiciaban los pactos matrimoniales. Pocas
posibilidades tenía la mujer para negarse a celebrar el matrimonio acordado por
sus padres o parientes.
Boda
medieval
La negativa de la mujer a contraer
nupcias con el pretendiente elegido podía provocar que la mujer fuera
desheredada. En ambas culturas hay intentos de que la voluntad de la mujer sea
la que prime a la hora de elegir esposo. Pedro Lombardo (mediados del siglo
XII) entiende que la voluntad de la mujer es imprescindible para dar validez al
matrimonio. Ibn Mugit afirma que doctrina de Malik no permite que se pueda
casar una virgen sin su consentimiento. Pero, desgraciadamente para el género
femenino estos intentos se quedaron en eso, en intentos.
Novia
musulmana tras la celebración
Una
clara diferencia entre el islam y el cristianismo es que, en el primero, el
matrimonio es un contrato civil; mientras que en el segundo – a partir del
siglo XIII, cuando el matrimonio es sacralizado- es una unión religiosa.
Dentro de los reinos cristianos
existieron varios tipos de matrimonios:
De bendición, el efectuado por la iglesia.
Juras o furto, que se realizaba ante dos
testigos con el sólo acuerdo de los contrayentes. Este tipo de matrimonio
parece que fue el más utilizado entre las clases más desfavorecidas, entre
otros motivos, porque para realizarlo no era necesario el permiso de ningún
familiar.
Pública fama o de maridos
reconocidos,
simplemente reconocidos como públicos unas relaciones manifiestas de
convivencia.
Otras relaciones que podemos
considerar como matrimonios, eran las mantenidas por numerosos cristianos con
mujeres sin que mediara entre ellos ningún tipo de acuerdo o contrato. El que
hombre dispusiera de barragana, manceba o concubina era algo bastante usual,
especialmente entre los miembros del clero.
Clérigo
con barragana. Cántigas
La
barraganía fue un hecho social reconocido y aceptado. Frecuentemente se legisló
para determinar los derechos de las barraganas, y de los hijos habidos en estas
uniones, por ejemplo para otorgarles una herencia.
Como ya he mencionado el matrimonio
era, básicamente, un acuerdo en el que, en muchas ocasiones, el elemento
económico era el esencial. Esta base económica es la que establece que se
realicen donaciones económicas. En la forma y sentido que tienen estas
donaciones si hay una diferencia entre el mundo cristiano y el islámico.
En los reinos cristianos la mujer
era la que aportaba la dote o ajuar, es decir era, en ocasiones, el mayor
sustento económico de la nueva pareja. Esta obligación de aportación económica
es la que provocaba que muchas mujeres no pudieran casarse, bien por ser
huérfanas, o porque sus familiares no tenían los suficientes recursos
económicos. En cambio el Derecho musulmán establece que es el novio quién tiene
que aportar esa dote (acidaque),
parte de la cual se entregaba a la familia de la novia, el naqd, a la hora de formalizar el contrato matrimonial, con la
obligación de ser empleado en dotar a la mujer de un ajuar.
Es curioso que a la hora de
establecer quién debe aportar la dote, el Derecho islámico esté más cerca del
antiguo Derecho germánico, que establecía que la dote tenía que ser entregada
por el marido, que las legislaciones de los reinos hispanocristianos.
La indisolubilidad del matrimonio
católico podía ser superada en algunas ocasiones. A tal efecto se dictan normas
en los concilios de Arlés (314), Agde (506), Verberíe (752) o Compiegne (757);
eso sí, sólo puede ser solicitado por el hombre en caso de adulterio de la
mujer, o si se quiere entrar en un monasterio. Inocencio I (siglo VII) permite
el divorcio por adulterio de la mujer, Gregorio II (siglo VIII) permite el
divorcio del marido, y su posterior casamiento, si su mujer está enferma. Por
otro lado, el repudio por parte del varón era bastante usual. Cristina Segura
así lo apunta: «La disolución era fácil y
también un acuerdo entre familias sin que las mujeres tuvieran ocasión de
opinar. Otro tanto puede decirse con respecto al repudio de las mujeres hacía
el marido con entera libertad y la repudiada volvía a su familia […]»[7]
Mujer
siendo juzgada por adulterio
En el islam el divorcio podía ser
solicitado por el marido o por la esposa. El islam admite el repudio como mal
menor – una hadiz dice: «El repudio es el acto permitido más odiado
por Allah»
El hombre podía hacer tres clases
de repudio:
1)
Revocable,
la fórmula “yo te repudio” era pronunciada en una sola ocasión. El marido podía
arrepentirse y anular el efecto de éste.
2)
Irrevocable,
la fórmula se repite dos veces dejando entre ambas un período determinado de
tiempo (la idda). Este repudio
permitía a ambos esposos volver a contraer matrimonio si así lo deseaban.
3)
Irrevocable
y definitivo, la fórmula se repite tres veces con intervalos de tiempo entre
ellas. En este caso los cónyuges no pueden volver a casarse entre si, al menos
que la esposa se hubiera casado con otro hombre y hubiera sido de nuevo
repudiada.
No sería objetivo mantener que la
mujer andalusí tenía la misma facilidad para divorciarse que el hombre. La
mujer tenía que imponer una demanda, no bastaba con su simple deseo, como era
en el caso del varón. No obstante eran numerosas las causas que podían alegar
las mujeres para divorciarse, alguna de ellas bastante moderna.
Que
le compre el repudio al hombre.
Incumplimiento
de algunas de las cláusulas del contrato matrimonial.
Que
se haga difícil o repugnante la vida marital.
Por
ausencia injustificada del marido.
Enfermedad
incurable (la escuela malikí, imperante en al-Andalus, añadió bastantes
enfermedades susceptibles de ser causa de divorcio).
Malos
tratos, incluso las injurias de palabra –lo que hoy denominamos maltrato
sicológico.
Negligencia
en los deberes conyugales.
Impago
de la suma necesaria para mantener el hogar.
He dejado para el final dos
cuestiones que han sido causa de polémica. También han sido elementos, que
numerosos historiadores occidentales han utilizado para determinar que la
situación de la mujer casada en los reinos cristianos era mejor que la de la
andalusí[8].
Me estoy refiriendo a la poligamia y a la violencia doméstica.
En cuanto a la poligamia habría
que señalar que el islam acepta que un hombre se case hasta con cuatro mujeres.
Pero el Corán obliga a que se tenga con todas la más estricta igualdad de
trato. Esta condición hace prácticamente imposible el cumplir, por lo que, de
hecho, sólo es posible el matrimonio monógamo. La jurisprudencia islámica
otorga a la mujer el derecho a exigir ser la única esposa en el contrato
matrimonial. Incluso si no se hubiera establecido tal condición, la mujer tiene
el derecho de no aceptar la poligamia, pudiendo autodivorciarse.
Si nos atenemos a la realidad y
huimos de hipótesis basadas en planteamientos hipócritas, habrá de reconocerse
que la poligamia también existía en la sociedad cristiana. Hubo denuncias de
monjes que vivían con varias mujeres; un caso es el del prior del monasterio de
Pompeiro, que tenía varias esposas[9].
Según los procuradores de las Cortes de Valladolid de 1322, la bigamia había
proliferado en algunas regiones; otro tanto apuntan las Cortes de Bribiesca de
1387. ¿de cuántos hijos bastardos, incluso reyes, tenemos noticias? ¿No es
poligamia tener una mujer desposada y una concubina?
En relación a la violencia
doméstica, mucho me temo que la sufrían por igual cristianas y musulmanas, ese
cáncer de la sociedad sigue, desgraciadamente, de total actualidad. Los que
mantienen que el islam “santifica” el empleo de la violencia física contra la
mujer siempre acuden a la aleya
coránica que dice: « A aquellas de
quienes temáis la desobediencia amonestadlas, confinadlas en sus habitaciones,
golpeadlas.»[10].
Se olvidan, generalmente, que la mujer podía solicitar el divorcio si era
maltratada. También se suele omitir las palabras del Profeta cuando aconseja el
trato amoroso a las mujeres: «El mejor
entre vosotros es aquel, que es el mejor para la mujer.». Ibn Abbas –uno de
los primeros comentaristas del Corán, y que había conocido a Muhammad-, dijo
que sólo se podía golpear a una esposa rebelde con una varita de siwak (empleada para enjuagarse la
boca); otros mantienen que solo se la puede golpear con una brizna de paja. Hay
muchos más ejemplos que demuestran que las indicaciones de la sunna van en
contra del maltrato a la mujer.
Conclusiones
Ambas culturas están muy
influenciadas por la religión judaica, que tiene su máxima expresión en la
Biblia, como por la filosofía grecorromana, y por tanto, por la sociedad
patriarcal.
La mujer será vista como un ser
inferior, incapaz y que debe estar, en todo momento, supeditada a los deseos,
órdenes y leyes establecidas por los hombres. En ningún caso podrá participar
de las instituciones que dictan las normas de convivencia.
Son más los puntos de semejanza que
de diferencia entre la mujer hispanocristiana y la hispanomusulmana; no debemos
ignorar los constantes préstamos culturales entre ambos mundos.
A pesar del papel sumiso que se
adjudica a la mujer, se puede observar como son numerosas las ocasiones en que
ésta, de una u otra forma, intenta eludir este estado de dependencia con
respecto al varón.
En ambas culturas se observa el
papel de sujeto activo de la mujer y su importancia en diversos ámbitos de la
vida: la economía, la transmisión de la cultura y las tradiciones, etc. En
definitiva las mujeres hispanomedievales fueron sujetos y no objetos pasivos,
en el devenir del proceso histórico de la Edad Media hispana.
En cuanto a la comparación de la
situación de la mujer cristiana y la andalusí, es mi opinión, que la posición
de esta última era ligeramente mejor. Me baso para esta afirmación en varios
puntos:
La
mujer andalusí tenía mayor facilidad para acceder a la cultura y la educación.
Dentro
del matrimonio disfrutaba de unos derechos de los que carecía la mujer
hispanocristiana, por ejemplo, podía solicitar el divorcio, mayor libertad a la
hora de disponer de sus bienes, etc.
Mejor
situación jurídica; la mujer andalusí tenía la potestad de presentar demandas
en su propio nombre, algo que estaba vedado a la cristiana.
No
le estaba prohibido el goce sexual. No olvidemos que mientras en la mentalidad
cristiana el disfrute de la práctica del sexo era considerado pecado, en la
musulmana era una acción grata a los ojos de Allah.
En definitiva, y como ya he
comentado anteriormente, dentro de la situación de subyugación a que estaban
sometidas; la mujer andalusí “disfrutaba” de una vid algo más acorde con la que
sería de desear para cualquier ser humano.
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[1]
En la Epístola a los corintios,
mantiene que si la mujer quiere aprender algo que le pregunte al marido.
[2]
Ibn Hazm: El collar de la paloma,
traducción de Emilio García Gómez, p. 167
[3]
Véase, Nadia Lachiri, La vida de las mujeres en al-Andalus y su reflejo en las
fuentes literarias, en Árabes, judías y cristianas. Mujeres en la Europa
Medieval.
[4]
Véase, Francisco López Estrada, Las mujeres escritoras en la Edad Medica
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para su historia.
[5]
Aún cuando parece que eran frecuentes, eso sí, manteniendo la virginidad de la
mujer. Un refrán andalusí es muy clarificador al respecto: «besa y pellizca
pero deja el lugar del novio.», citado por Nadia Lachiri, ob.cit. p. 120
[6]
Quizás por eso a esta postura se la conoce como “la del misionero”.
[7]
Cristina Segura, Las mujeres en la España medieval, en Historia de las mujeres en España.
[8]
Por ejemplo, Sánchez Albornoz
[9]
Reyna Pastor. Para una historia social de la mujer hispanoamericana.
Problemática y puntos de vista, en La condición de la mujer en la Edad media.
Coloquio Hispano-Francés, p. 203.
[10]
Corán, IV,34